México, D. F a 23 de Junio de 2012.
A la opinión pública
A los medios de comunicación
A los organismos defensores de
derechos humanos nacionales e internacionales
A las organizaciones democráticas
A las personalidades democráticas y
progresistas de México y el mundo
En México, la violación sistemática
de los derechos humanos por
parte de autoridades u organismos de los diferentes niveles de gobierno en
contra de la sociedad en general y en contra de las organizaciones y dirigentes
sociales, así como comunidades que defienden su territorio y derechos en
particular,se ha vuelto una contante
y debido a que personas de diferentes organizaciones defensoras y promotoras de
los derechos humanos, así como por organizaciones de la sociedad civil han
denunciado graves violaciones a los derechos humanos perpetuadas por organismos
dependientes de los tres niveles de gobierno, dicha actividad ha sido
criminalizada por parte de autoridades y por consiguiente las personas
dedicadas a la labor de la defensoría de los derechos humanos han sido
hostigados, asesinados y hasta desaparecidos.
De igual manera, la labor de los y las periodistas en el
marco del derecho a la libertad de expresión, se ha vuelto una actividad de
alto riesgo pues en ocasiones incomodan a grupos de poder político y económico
al informar a la sociedad de irregularidades que cometen autoridades de los
tres niveles de gobierno o grupos de la delincuencia organizada. Al ser hostigados y asesinados, coartan también
el derecho de la ciudadanía a la información y eso es demasiado grave y
representa un retroceso democrático en nuestro país.
En ese sentido, La Ley para la Protección de Personas
Defensoras de Derechos Humanos y periodistas, representa un logro de las
organizaciones defensoras de derechos humanos y de las organizaciones de la
sociedad civil, no es sólo una acción gubernamental, debemos tener presente que
el origen de esta ley, se remonta a las recomendaciones que contienen el
Informe sobre la Libertad de Expresión en las Américas (2002) y el Informe
Sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las
Américas (2006)elaborados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Desde la publicación de ambos informes infinidad de
organizaciones de derechos humanos y de la sociedad civil, habían solicitado al
gobierno mexicano que cumpliera con las recomendaciones emitidas por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, acordando junto con los
interesados (defensor@s y periodistas),
el diseño e implementación de los mecanismos de protección que los protegieran
de los actos de hostigamientos que pudieran enfrentan con motivo de sus
actividades.
Si bien es cierto la ley, tiene por objeto
salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que se
encuentran en situación de riesgo como consecuencia de la defensa o promoción
de los derechos humanos, así como del ejercicio de la libertad de expresión. La
mejor forma de proteger la integridad, libertad y seguridad de los y las
defensor@s de derechos humanos y de los y las periodistas, subyace en el
compromiso estatal de retirar todos los obstáculos estructurales que a lo largo
del tiempo han permitido que muchos de los asesinatos y actos de hostigamiento
dirigidos en contra de los defensores y periodistas hayan quedado impunes.
Los
obstáculos estructurales tienen que ver más con la falta de diligencia de los
sistemas de administración y procuración de justicia para investigar, procesar
y sancionar muchos de los asesinatos y actos de hostigamiento que sufren los y
las defensor@s de derechos humanos y los y las periodistas en su quehacer
diario.
A
manera de ejemplo se pueden citar el asesinato de Digna Ochoa o bien el de la
periodista de la revista proceso Regina Martínez que hasta la fecha las
autoridades a cargo de las investigaciones no han logrado avanzar en el
esclarecimiento de los homicidios, muchas de las investigaciones no siguen un
protocolo que tome en cuenta la labor de las personas asesinadas, sino desvían
las investigaciones hacia cuestiones de índole personal, de esa forma despojan
de contenido la labor de defensa de los derechos humanos y del periodismo. Evidentemente este tipo de falla estructural
genera impunidad.
Otra
falla estructural tiene que ver con la falta de conocimiento por parte de las
autoridades de los tres niveles de gobierno del trabajo tan importante que
desempeñan los y las defensor@s de derechos humanos ylos y las periodistas, el
desconocimiento de las actividades y la falta de cultura de respeto a los
derechos humanos, conduce a las autoridades a ver como enemigos a las personas
que desempeñan las actividades de defensa de los derechos humanos y de
periodismo.
Sin duda alguna,
las medidas de protección que contempla
la ley, en la medida en que sea debidamente consensadas con los interesados,
constituirán una herramienta que podrá ayudar a inhibir agresiones. Sin
embargo, si las medidas de protección no están complementadas con acciones
encaminadas a prevenir, investigar y sancionar todo acto de hostigamiento que
se perpetre en contra de los y las defensor@s de derechos humanos y, los y las
periodistas, la ley no habrá cumplido el objetivo para el que fue promulgada.
Finalmente, la ley representa un paso positivo para que se
eliminen los obstáculos estructurales, lo cual esperamos que así sea; sin
embargo, el problema no es la legislación en sí, de nada sirve la ley, si no va
acompañada de acciones que la hagan operativa y en ese sentido no solamente es
importante el definir un presupuesto y las medidas adyacentes anunciadas, sino
la voluntad del estado en cumplir con su obligación de respetar, proteger y
promover los derechos humanos y el trabajo de los y las periodistas.
¡Sin
derechos humanos, no hay democracia!
¡Por
el derecho a la información, respeto a la labor periodística!
Atentamente
Coordinadora Nacional Plan de Ayala,
Movimiento Nacional
(CNPA MN)
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